PPM de Lebu dan plazo hasta mañana para que gobierno responda petitorio y destrabe huelga de hambre

Este lunes 07 de septiembre, en el día 64 de la Huelga de Hambre de los Presos Políticos Mapuche de la Cárcel de Lebu, estos realizaron una contrapropuesta al Grupo de Trabajo del Gobierno para reglar el Convenio 169 de la OIT, exigiendo que éste sea conformado en un 50% por representantes de los Lov y Comunidades Mapuche en Resistencia, incidiendo en la elección de los académicos expertos en la materia y que el acuerdo sea de carácter vinculante tal como lo estipula el Convenio 169.

A continuación te compartimos la DECLARACIÓN: 

Sebastián Valenzuela
Subsecretario de Justicia
Presente:

En primer lugar, queremos expresarle que nosotros también valoramos el diálogo, pero lamentamos que este se posibilite únicamente en medio de una huelga de hambre extendida por más de dos meses, medida que tiene y tendrá consecuencias graves para el estado de salud de nuestros presos políticos. Valoramos el diálogo, tal como nuestros antepasados lo hicieron por siglos en los Parlamentos, pero aquel diálogo sincero, respetuoso de las costumbres del otro y en igualdad de condiciones. Si ustedes conocen la historia, sabrán la importancia que tiene para el Pueblo Mapuche el parlamento y la palabra, elementos que ustedes han quebrantado una y otra vez durante estos meses de movilización.

Dicho esto, ahora nos referiremos a la instancia donde se enmarca su propuesta de Grupo de Trabajo para reglamentar el Convenio 169 en materia procesal penal y penitenciaria: los Diálogos Interculturales. Nos preocupa que los temas, integrantes y mecanismos de resolución de estos diálogos jamás fueron consultados con nuestros territorios, cuestión estipulada en el artículo 6 del Convenio 169 de la OIT, pero también en los artículos 2 y 8 del mismo cuerpo legal. Como bien usted sabrá, nosotros tenemos derecho a ser consultados de tales iniciativas que nos afectarán como pueblo, a participar activamente y con el mismo nivel de representación en las mismas, a incidir en su desarrollo y a establecer, en equivalencia de condiciones, las posibles formas de vinculación de sus recomendaciones finales. En el entendido que tales diálogos surgen (curiosamente) desde el contexto de nuestra movilización, nos alarma la ausencia en estas instancias de nuestras autoridades culturales territoriales, académicos de confianza y dirigentes políticos de los presos políticos mapuche movilizados.

En este mismo sentido, si bien reconocemos que mediante la resolución Nº 3.925 de Gendarmería emitida el 29 de julio de 2020 se concretan ciertos avances, vemos con preocupación que en tal acuerdo se establecen sólo criterios mínimos para flexibilizar el proceso de postulación a beneficios penitenciarios (como son los CET), pero sin aclarar los mecanismos que posibilitarán y asegurarán tales medidas. La ambigüedad de este acuerdo, la ausencia de propuestas concretas y el desconocimiento de nuestro petitorio dentro del mismo, nos aleja de su naturaleza jurídica. A la vez, cuestión no menor, en el séptimo punto de este acuerdo se estipula la urgencia de avanzar en materia de pertinencia cultural y religiosa penitenciaria debido al reconocimiento de la población indígena como grupo vulnerable y no como grupo político, elemento que se distancia de nuestras demandas en tanto sostenemos que los huelguistas están en prisión por una causa política, tal como reconoce el Convenio 169 de la OIT.

En concreto, sobre la propuesta del Grupo de Trabajo enmarcada en los Diálogos Culturales, son tres los fundamentos que nos hacen rechazarla, aunque no cerrar el diálogo. El primero, tiene que ver con los mecanismos de elección de quienes integran dicho grupo, ya que son instituciones y personas que no representan las demandas de nuestros territorios ni de los huelguistas; a la vez, se nos ha marginado logísticamente de tales instancias. Lo segundo, con la agenda que se trabaja en estos, en torno a la cual tampoco se nos ha consultado ni hemos tenido incidencia. Lo tercero, en el carácter técnico-político de las resoluciones contenidas en el informe final de este grupo, las cuales, según su carta, sólo tendrán el objetivo de hacer propuestas que finalmente decidirán el Poder Judicial y el Presidente de la República, corriendo el riesgo de que ninguna de estas sean vinculantes. Descrito lo anterior, y expuesta ya nuestra intención de integrar el Grupo de Trabajo, y para tratar de asemejarlo lo más posible a nuestra demanda de conformar una Mesa de Alto Nivel Político en igualdad de condiciones que asegure reglamentar el Convenio 169 en materia penal y penitenciaria, respondemos en base al mismo tratado internacional ratificado por Chile el año 2008 y que se exige se aplique por los presos políticos mapuche movilizados a los cuales nosotros representamos: Por ende, como voceros de los presos políticos mapuche en huelga de hambre de la cárcel de Lebu, y en acuerdo previo con ellos y sus Lov y comunidades, estamos dispuestos a deponer la movilización que ya tiene en riesgo vital a nuestros comuneros sólo sí se accede a las siguientes condiciones y contrapropuestas:

1. Que en dicho Grupo de Trabajo, al igual que en los Diálogos Interculturales, se asegure un 50 % de integrantes de los Lov y Comunidades Mapuche en Resistencia, pudiendo ser éstos autoridades culturales, académicos de confianza y representantes de los presos políticos mapuche movilizados mediante las huelgas de hambre en Lebu, Angol y Temuco. La elección de nuestros representantes será realizada con base en nuestros usos y costumbres, cuestión establecida en el Convenio 169 de la OIT. A la vez, estos deben tener presencia equivalente en los diferentes espacios de estudio, desarrollo y resolución de la propuesta final.

2. Que las recomendaciones de este Grupo de Trabajo deben tener un carácter vinculante, ya que si bien todas serán adoptadas y/o escritas legalmente en el marco constitucional, la esencia jurídica de las mismas y sus propósitos deben significar un avance en la situación penal y penitenciaria de los presos políticos Mapuche y no pueden ser alterados en su naturaleza jurídica.

3. Que una vez conformado el Grupo bajos los criterios descritos con anterioridad, inmediatamente se debe planificar una agenda de trabajo, fijar los ejes temáticos a tratar y delimitar sus aspectos logísticos de funcionamiento, todo esto con el fin de obtener el informe y las recomendaciones estipuladas lo antes posible, con un plazo máximo de 3 meses tal como lo expresa vuestra propuesta.

4. Que luego de tener el informe final, se establezca una comisión técnica y política de trabajo para definir el destino de la propuesta y sus mecanismos de vinculación. En esta mesa, deben tener presencia y capacidad de resolución nuestras autoridades culturales, académicos de confianza y representantes políticos de los presos políticos mapuche movilizados.

5. Que para el éxito de este Grupo de Trabajo proponemos suspender la fecha de inicio del mismo (previsto para septiembre según su propuesta) hasta garantizar el piso mínimo de representatividad y su carácter vinculante expuestos los acápites uno y dos de nuestra propuesta. Proponemos que en el mes de septiembre queden definidos estos puntos para dar inicio en octubre al diálogo, previa firma de ambas partes que garanticen el cumplimiento del acuerdo en cuanto al fondo y forma del Grupo de Trabajo.

6. Que, recogida nuestra propuesta, damos plazo hasta las 18 horas del martes 8 de septiembre al señor ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, para que se traslade a nuestro territorio para poder entablar la firma del acuerdo en base a nuestra contrapropuesta que garantice, de buena fe, el éxito del Grupo de Trabajo y que permita poner el fin a la huelga de hambre.

7. Que todos los argumentos detallados son los únicos que pueden garantizar un diálogo de buena fe y de carácter bilateral como lo hemos exigido desde el inicio de la huelga de hambre, y dar respuesta mínima a los estándares que exigen el Convenio 169 de la OIT, el cual ustedes dicen estar llanos y con voluntad política de reglamentar en materia penal y penitenciaria.

Sin otro particular:

Patricia Tromelao
Auka Castro
Miguel Maliqueo
Voceros de los presos políticos mapuche de la cárcel de Lebu.

7 de septiembre de 2020

Autor entrada: Convergencia Medios

1 comentario sobre “PPM de Lebu dan plazo hasta mañana para que gobierno responda petitorio y destrabe huelga de hambre

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