Javier Pineda, Convergencia Medios
El gobierno de Sebastián Piñera ha respondido a la Revuelta Popular criminalizando a quienes protestamos. Estos 80 días han dejado a más de 2.500 presos políticos y más de 20.000 detenciones, lo cual se podría intensificará si se aprueba la Ley Anti-Protesta, denominado por el Partido del Orden como «Ley Anti-Saqueos» o «Ley Anti-Barricadas».
En la Cámara de Diputados, el 4 de diciembre, con 127 votos a favor, 7 en contra y 13 abstenciones se aprobó la Ley Anti-Saqueos (Boletín 13.090-25), en la cual participaron con su votación favorable a la idea de legislar los parlamentarios desde la derecha al Frente Amplio.
Días después, la Comisión de Seguridad del Senado anunció que reescribiría el proyecto y eliminaría aquellos delitos que criminalizaran la protesta, como las disposiciones de penalización de las barricadas, lanzar piedras, “el que baila pasa” y las ocupaciones de establecimiento públicos y agrícolas, entre otras acciones propias del movimiento popular.
No obstante, este 8 de enero aprobaron un texto igual en el fondo, pero con redacción distinta al aprobado por la Cámara de Diputados, criminalizando los cortes de ruta, barricadas y ocupaciones de establecimientos públicos o privados. Es cierto que eliminaron algunas disposiciones horribles aprobadas por la Cámara de Diputados como la criminalización de la ocupación de establecimientos públicos o predios agrícolas, pero el grueso del proyecto que criminaliza las acciones más comunes en las protestas populares se mantienen.
El nombre del proyecto aprobado por el Senado es claro respecto a sus objetivos: “Proyecto de Ley que modifica el Código Penal para tipificar acciones que atenten contra la libertad de circulación de las personas en la vía pública a través de medios violentos e intimidatorios y fija las penas aplicables al saqueo en las circunstancias que indica”. Es evidente: no sólo es una ley “anti-saqueos”.
La redacción que generó la Cámara de Diputados fue reemplazada por el siguiente artículo 268 septies del Código Penal aprobado en el Senado, en el cual introduciré corchetes “[…]” para que se entienda:
“Art. 268 septies. El que, sin estar autorizado, interrumpa completamente la libre circulación de personas o vehículos en la vía pública [corte de calle], mediante violencia o intimidación [el que baila pasa es considerado intimidante] en las personas o la instalación de obstáculos levantados en la misma con objetos diversos [barricada con o sin fuego], será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo [61 a 540 días]. Idéntica pena se impondrá a los que, sin mediar accidente o desperfecto mecánico, interpongan sus vehículos en la vía, en términos tales de hacer imposible la circulación de otros por ésta [sanción a Movimiento No+TAG].
Será castigado con la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio [61 días a 3 años] el que lanzare a personas o vehículos que se encontraren en la vía pública instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes [lanzar piedras] potencialmente aptos [no es nesario golpear, solo que sea posible llegar a golpear] para causar la muerte o producir lesiones corporales, a menos que el hecho constituya un delito más grave. El tribunal, al momento de determinar la pena, tendrá especialmente en consideración la peligrosidad del instrumento, utensilio u objeto lanzado”.
En simple, personas que levantan barricadas u obligan a alguien a bailar para pasar por la calle, podrán ser sancionados por hasta 540 días de prisión. Lo mismo ocurrirá con quienes ralentizan el transporte público, como ocurre con las “marchas” del Movimiento No+TAG. Asimismo, quien lanza una piedra a un Carabinero, con la potencialidad de causarle alguna lesión, puede ser sancionado hasta con 3 años de cárcel.
Sobre la disposición anti-saqueo se agrega la pena en caso de delito de robo en las cosas en lugar no habitado “con ocasión de calamidad pública o alteración del orden público, sea que se actúe en grupo o individualmente pero amparado en éste”. En definitiva, las penas pueden llegar hasta 10 años.
La iniciativa terminará de aprobarse el lunes 13 de enero en la plenaria del Senado y luego pasará a Comisión Mixta. No hay nada que esperar del Congreso. Nuestra única fuerza radica en la movilización.